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Nuevas Energías Publicado el 21 Agosto 2026

Lo que debes saber sobre el listado 2026 de empresas con Capacidad de Gestión de Energía

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El 7 de agosto, el Diario Oficial publicó la Resolución N° 53 exenta del Ministerio de Energía, que establece el listado oficial de Consumidores con Capacidad de Gestión de Energía (CCGE) 2026.

La publicación identifica a las empresas que, por sus niveles de consumo energético, quedan sujetas a las obligaciones establecidas en la Ley N° 21.305 sobre eficiencia energética.

¿Qué es un CCGE?

La ley define como CCGE a las empresas que registraron durante el año anterior un consumo de energía para uso final igual o superior a 50 tera-calorías anuales.

Esta clasificación se realiza cada año a partir de la información que las empresas reportan al Ministerio de Energía. Para el proceso 2026, el plazo de reporte venció el 11 de mayo y el listado fue publicado en las páginas 1 a 6 del Diario Oficial N° 44.519.

¿Qué implica estar en el listado?

Ser catalogado como CCGE implica cumplir una serie de obligaciones y plazos:

  • 20 días hábiles: para presentar discrepancias respecto de la clasificación ante la SEC, con copia al Ministerio de Energía.
  • 30 días hábiles: para informar si se implementará uno o más Sistemas de Gestión de Energía (SGE), certificados o no certificados.
  • 40 días hábiles: para informar la designación del Gestor Energético.
  • 12 meses: desde la publicación de la resolución para implementar y mantener el o los SGE correspondientes.

Empresas de distintos sectores

El listado contempla cerca de 300 razones sociales de sectores con altos niveles de consumo energético. Entre ellas hay empresas de minería, generación y distribución eléctrica, retail, celulosa y forestal, transporte, logística, acuicultura, pesca y agroindustria.

Entre las compañías incluidas se encuentran Codelco, Minera Escondida, Los Pelambres, Collahuasi, Enel, Engie, Colbún, Walmart Chile, Cencosud, CMPC, LATAM, Metro de Santiago y AquaChile, entre otras.

Qué significa para las empresas del listado

Para las compañías catalogadas como CCGE, este es el momento de:

  1. Verificar su clasificación en el listado publicado y, si corresponde, evaluar la presentación de una discrepancia dentro del plazo legal.
  2. Definir la estrategia de implementación del SGE, considerando si optará por un sistema certificado o no certificado.
  3. Designar formalmente al Gestor Energético que liderará el proceso dentro de la organización.
  4. Planificar la ruta de implementación del Sistema de Gestión de Energía dentro del plazo de 12 meses, integrando monitoreo, eficiencia y trazabilidad de consumos.

De esta manera, contar con un socio energético como Copec EMOAC, que acompañe el diseño e implementación del SGE, desde el levantamiento de línea base hasta la gestión inteligente de consumos, se vuelve un factor clave para cumplir los plazos regulatorios sin perder el foco en la eficiencia y competitividad del negocio.

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